Compromís lamenta que el Consell falle a la hora de otorgar viviendas de Alquiler social y sólo atienda a una mínima parte de las demandas a pesar de tener viviendas en stock.
El Consell continúa sin explicar el total de personas que se han inscrito en el Programa Extraordinario de Alquiler de Interés Social desde 2102, y sólo se limita a explicar los que se han apuntado bajo el supuesto de situación de riesgo derivada de un desahucio hipotecario, que es una mínima parte de la gente que se puede inscribir en el programa (mucha gente no ha disfrutado nunca de ninguna hipoteca y solicita vivienda social de este programa)
Así, según los datos aportados por la Consellería de infraestructuras a pesar de ello, sólo en los casos de desahuciados se han inscrito hasta fecha 18 de febrero de 2014, 465 demandantes, 123 en Alicante, 78 en Castelló y 264 en Valencia
En Alicante, de estas 123 demandas sólo se ha otorgado viviendas a 26 personas (16 fondo público y 10 fondo de Bankia), y 68 a personas no desahuciadas
En Castelló, de 78 desahuciados que han pedido vivienda, sólo 27 han tenido viviendas adjudicadas, y 15 más de supuestos que no contemplan el desahucio.
Y a la demarcación provincial de Valencia, de los 264 casos, sólo 91 han obtenido respuesta, y 105 de casos que nada tienen que ver con desahucios. De las 391 viviendas que Bankia aportaba en el programa, sólo se han otorgado 61
Oltra, ha pedido explicaciones a la Conselleria del por qué en su respuesta sólo aporta los datos de las personas que se inscribieron en el Programa Extraordinario de Alquiler de Interés Social, correspondientes a las personas que habían marcado la casilla en lo referente a situación de riesgo derivada de un desahucio hipotecario.
Cuando la pregunta, quería saber datos no sólo de las personas que estaban en este supuesto, sino en todos los que habían pedido acogerse en este programa, en todos los supuestos (Personas con dificultad de acceso a la vivienda, jóvenes menores de 35 años, o mayores de 65 años, mujeres víctimas de la violencia de género, personas objeto de medidas de realojo, familias monoparentales con cargas familiares no compartidas, personas dependientes o con discapacitados, o familias que las tengan a su cargo. mujeres embarazadas, personas con ascendientes mayores de 65 años a cargo de la unidad familiar empadronados con la persona solicitante e incluidos en la declaración del IRPF… u otros casos)
Por eso ha vuelto a preguntar:
– ¿Cuántas personas (independientemente de si estaban o no en situación de riesgo derivada de un desahucio hipotecario) se han inscrito en el “programa extraordinario de alquiler social” del extinto IVVSA hasta hoy, en total?
– ¿Cuántas de las solicitudes formuladas han sido atendidas (independientemente de si estaban o no en situación de riesgo derivada de un desahucio hipotecario)?
– ¿Cuánto se ha tardado al resolver cada petición (independientemente de si estaban o no en situación de riesgo derivada de un desahucio hipotecario)?
– ¿Cómo se ha comunicado a cada caso la aceptación o no de su petición (independiente de si estaban o no en situación de riesgo derivada de un desahucio hipotecario)?
– ¿Qué solución se ha dado a las personas que no han podido acogerse en el “programa extraordinario de alquiler social” (independiente de si estaban o no en situación de riesgo derivada de un desahucio hipotecario)?