El coportavoz de Compromís en las comarcas de Castelló, Carles Mulet, ha valorado hoy que es preocupante la pasividad que están teniendo las administraciones locales y por extensión, la connivencia de las administraciones superiores, en adaptar la realidad tributaria local al nuevo escenario que se creó después de la sentencia del TSJ de Extremadura de 26 de marzo de 2013, ratificada posteriormente por el Tribunal Supremo, que exime del IBI  al suelo no urbanizado; situación en la cual están millones de metros cuadrados de suelo  en todo el territorio valenciano.

Esta sentencia, que crea un precedente, en la práctica se resume en que los ayuntamientos, durante muchos años han estado cobrando un IBI urbano a propietarios que únicamente tenían terrenos no urbanizados, y que la administración lo cobró indebidamente

Según Mulet “ los ayuntamientos están haciéndose el despistado, y salvo limitadas excepciones, no están haciendo nada para cambiar la calificación de los bienes que se encuentren en situación de IBI Urbana, cuando les corresponde IBI Rústica, por lo que de nuevo, abocan a que los afectados se busquen la solución por su cuenta , donde la propia burocracia se vuelve en muchos casos en un muro insalvable”.

Según el portavoz ecosocialista “teniendo en cuenta que venimos del estallido de  una burbuja que en las comarcas de Castelló su máximo exponente, raro es el municipio que no tenga PAIs aprobados sobre el papel desde hace años, que no se van a hacer ni a largo plazo, y donde a los propietarios, que les cayó el proyecto sin desearlo, se le ha aplicado un IBI urbano altísimo por unos terrenos que hoy no valen prácticamente nada. Por eso, que los ayuntamientos no se adapten a la nueva situación, y que desde la administración autonómica no se mande ni una misera circular anunciando el nuevo escenario, demuestra que quien nos gobierna ahora está más interesado en exprimir a sus vecinos, que no en actuar de acuerdo a la racionalidad y la justicia; si no se corrige esta situación en breve, el próximo IBI en millones de metros cuadrados sin urbanizar, en nuestras comarcas, se volverá a cobrar de manera injusta”.

Mulet ha animado a seguir las recomendaciones de la Plataforma Abusos Urbanísticos No:

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–          1.  Solicitar del Ayuntamiento correspondiente “certificación de Información Urbanística”, reseñando las propiedades inmobiliarias en el municipio, detallando sus referencias catastrales.

–          2.  Una vez recibida la certificación solicitada, diríjanse a la Gerencia del Catastro de su provincia, indicando las distintas propiedades inmobiliarias que teniendo la calificación de “urbanizables”, no hayan sido desarrolladas urbanísticamente, por no haberse aprobado el instrumento urbanístico que lo autorice, o que habiendo sido aprobado dicho instrumento urbanístico (PAI) ha quedado anulado al ser anulado el Plan General de Ordenación Urbanística que los amparaba por sentencia judicial firme del Tribunal Supremo.     

Habrá de acompañar al citado escrito copia de los recibos de IBI Urbana de las propiedades objeto de reclamación, así como la certificación de información urbanística del Ayuntamiento, haciendo constar que en cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia 2159/2014 del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso. Sección 2ª pronunciándose sobre las consideraciones a tener en cuenta para establecer cuando un suelo debe considerarse como rústico o rural, les emplazan para proceder en la mayor brevedad a la corrección debida.

 

Si en un plazo de tiempo no superior a dos/tres meses se recibe la respuesta accediendo, enhorabuena, lo han conseguida, y pueden exigir al Ayuntamiento que proceda a modificar la carga tributaria del IBI de sus propiedades.